En la historia, cuando surge un nuevo imperio, éste tiene que asegurar el acceso a los recursos naturales (RRNN) que sean determinantes para su sobrevivencia de largo plazo, de acuerdo al estado del arte del conocimiento y tecnología de la época.
Nadie duda que la República Popular China tenga una mayor importancia en la economía mundial, tal vez superando a los EE.UU. en algún momento de la siguiente década. Es por ello que las empresas públicas y privadas chinas, con el respaldo de su gobierno (es decir, el Partido Comunista) han tenido diversas políticas hacia países, especialmente del Tercer Mundo, que son dueños de RRNN considerados “estratégicos”.
Las empresas chinas han asegurado el acceso a los RRNN a través de compra de participación en el accionariado de empresas, dando préstamos a empresas mineras y/o petroleras o haciendo contratos de compra a largo plazo. Este comportamiento ha llamado la atención de Occidente pues las empresas chinas estarían ganando acceso privilegiado a RRNN y/o expandiendo su control las industrias extractivas en el mundo. ¿Se estaría restringiendo la competencia en los mercados?
En la literatura de las escuelas de negocios se identifican cuatro políticas de aseguramiento logístico del recurso para empresas de gran tamaño; (1) el cliente compra una participación accionaria en una empresa proveedora importante a escala mundial, siendo el comportamiento hacia el nuevo socio en los mismos términos y condiciones que hacia los otros accionistas, (2) el cliente puede comprar una participación en la empresa proveedora y adquiere una cantidad de producto proporcional a su participación en la empresa, bajo las mismas condiciones que cualquier otro cliente, (3) el cliente le da un préstamo a una empresa que tiene poder de mercado para fijar precios (oligopolio o monopolio) a cambio de un contrato de entrega del RRNN como pago al préstamo, y (4) el cliente le da un préstamo a una empresa tomadora de precios (mercado competitivo) a cambio de un contrato de entrega del RRNN como pago al préstamo.
Si los arreglos comprador-vendedor simplemente solidifican el acceso legal a una estructura de producción (caso 1 y 3), tener acceso preferencial al suministro no tiene implicancias para otros consumidores. Sin embargo, si los arreglos comprador-vendedor expanden y diversifican las fuentes del recurso de una manera más rápida que el crecimiento de la demanda mundial (caso 2 y 4), hay consecuencias para los consumidores.
Evidencia recogida de 16 empresas chinas por el Dr. Ted Moran de Georgetown University, demuestra que el comportamiento de dichas empresas imita al de las empresas japonesas de las décadas de los 1970´s y 1980´s; lo que diversifica, expande y hace los mercados de RRNN más competitivos. La excepción es son las “tierras raras” (material que se utiliza en los alerones de aviones de combate, televisores plasma o superconductores de altas temperaturas) donde las empresas chinas tratan de tener posiciones monopólicas.
Las objeciones frente al accionar de las empresas chinas no están en los contratos con sus proveedores sino en que financian a estados bribones, a gobernantes autoritarios, financian guerras civiles y a grupos terroristas, facilitan su acceso a los círculos del poder local mediante prácticas corruptas rompiendo toda institucionalidad, no hay ningún estándar en temas que en la actualidad son relevantes como el respeto de los DDHH y al medio ambiente.
El Perú soberano debe meditar muy en serio el perfil de quién debe ser su socio estratégico para explotar sus RRNN.
Miguel Santillana
Publicado en el diario Expreso, 27 de agosto de 2011
COLUMNAS DE OPINIÓN
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| China: asegurando acceso a RRNN | |||||
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